Colegio de Ingenieros endurece su posición por conflicto de incumbencias

01
Según el mensaje difundido este miércoles la intención del Consejo Profesional de Agrimensura al hacer circular esas versiones e “captar el mercado laboral de las mensuras para luego fijar arbitrariamente el precio de dichos trabajos y sustraerlos de la libre competencia. Con este tipo de actitud no se persigue el bien común, no se trata de proteger a la población, se trata de monopolizar”.


“El Consejo de Agrimensura recorta información, distorsiona normas, resoluciones y todo acto que llega a su conocimiento para seguir sosteniendo, aunque sean conscientes de la falsedad, que “los ingenieros civiles no cuentan con incumbencias para realizar mensuras”, aclara el mensaje.
La información que circulo daba cuenta de una resolución de la provincia del Chaco que pretendía saldar el tema de la incumbencias sobre mensura, sin embargo los ingenieros advierten que “la única autoridad competente para determinar incumbencias es el Ministerio de Educación de la Nación. Ninguna autoridad provincial sea del Chaco, o la misma provincia de Buenos Aires, tiene atribuciones para sostener que los ingenieros civiles no están habilitados para realizar mensuras.

 

El destino de dicha resolución, si fuere su objeto determinar incumbencias, será la nulidad”.

“En cuanto a la Resolución N° 2145/14 del Ministerio de Educación de la Nación, ya lo hemos repetido una y otra vez , el mismo Ministerio aclaró los términos de la misma señalando que la inhabilitación para hacer mensuras se aplica sólo a aquellos ingenieros civiles cuyos títulos fueron expedidos de acuerdo a planes de estudio cuya aprobación y reconocimiento fueron solicitados por las universidades al Ministerio de Educación, con posterioridad al dictado de la Resolución N° 1232/01”, agrega el mensaje.
Finalmente remarca que “los ingenieros civiles que obtuvieron su título de acuerdo a planes de estudio anteriores a esa resolución del año 2001, están habilitados para realizar mensuras. Así se desprende de las Resoluciones N° 1232/2001, 284/09, 247/10 y 2145/14, y de la misma aclaración efectuada por la Cartera Nacional a pedido de este Colegio”.
La autoridades del CIPBA reconocieron también que “coexisten ingenieros civiles con habilitación para realizar mensuras con otros cuyos títulos no les permiten tal actividad” y destacan que “esta distinción no es desconocida por los dirigentes del Consejo de Agrimensura”.

 

Noticias relacionadas
Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.